Misiones: Crean por ley el Régimen Provincial de Control de Velocidad del Tránsito Vehicular y declaran la emergencia en seguridad vial

Jueves 18 de Octubre

En su primer artículo la ley aprobada este jueves por la Legislatura provincial, establece que quedan sujetos a las condiciones establecidas en la misma, todos los sistemas de control del tránsito vehicular, mediante la utilización de radares fotográficos, equipos de medición y comprobación, instrumentos cinemómetros y otros equipos o sistemas automáticos que se efectúe en rutas nacionales o provinciales o aquellas que atraviesen ejidos urbanos municipales de la Provincia de Misiones y declara en su último artículo la emergencia en seguridad vial por el término de un año. Agrega que para la utilización de todo equipo de medición y comprobación (cinemómetro), el mismo debe estar autorizado y contar con las pautas de seguridad, homologación y verificación otorgadas por los organismos nacionales o provinciales con competencia en el área.

Dispone además que las acciones vinculadas al contralor directo de las infracciones por medio de equipos cinemómetros móviles, “no pueden ser privatizadas ni concesionadas, quedando a cargo exclusivamente de las autoridades establecidas en la ley. Las personas que utilicen los mismos o labren infracciones con dichos equipos, deben ser funcionarios públicos”.

Designa la ley como Autoridad de Aplicación, con pleno poder fiscal para el sistema de control del tránsito vehicular, aplicación de sanciones y recupero de créditos derivados de esta Ley u otras leyes fiscales dictadas en consecuencia al Ministerio de Gobierno y crea en ésa área la Unidad Administrativa de Control de Infracciones, “que tiene competencia en el juzgamiento de las infracciones a la Ley XVIII – N° 29 (Antes Ley 4511) y sus Anexos, detectadas por los medios mecánicos y electrónicos establecidos por esta norma”.

Asimismo, en el desarrollo de sus 29 artículos la ley explicita las funciones de la nueva Unidad Administrativa de Control de Infracciones y los procedimientos que llevará adelante en la notificación y sanción de los infractores, para en su artículo 28 declarar la “emergencia en seguridad vial por el término de trescientos sesenta (360) días, prorrogables por Decreto del Poder Ejecutivo”.

Fuente: https://misionesonline.net/2018/10/18/crean-ley-regimen-provincial-control-velocidad-del-transito-vehicular-declaran-la-emergencia-seguridad-vial/

Ponemos a disposición los informes del Observatorio de Seguridad Vial para descargar.
APOYA CABEZAS Y CINTURONES
Ver y Descargar
OBJETOS SUELTOS
Ver y Descargar
ESPEJOS
Ver y Descargar
LUCES DE GIRO
Ver y Descargar
SALIDAS EN GRUPO E INGESTA DE ALCOHOL  | CONDUCTOR DESIGNADO
Ver y Descargar
MENORES VIAJANDO EN MOTOS
Ver y Descargar
APLICACIONES PARA "CAPTAR" RADARES
Ver y Descargar

2022

N° 1  |  N°2  |  N° 3 N° 4  |  N° 5  |  N° 6  |  N° 7  |  N° 8 |  N° 9 |  N° 10 |  N° 11 

2021

N° 1  |    N°2  |  N° 3 N° 4  |  N° 5  |  N° 6  |  N° 7  |  N° 8 |  N° 9 |  N° 10 |  N° 11 |  N° 12

2020

N° 1  |    N°2  |  N° 3 N° 4  |  N° 5  |  N° 6  |  N° 7  |  N° 8

2019

N° 1  |    N°2  |  N° 3 N° 4  |  N° 5  |   N° 6  |  N° 7  |  N° 8  |  N° 9  |  N° 10  |   N° 11

2018

N° 1  |    N°2  |  N° 3 N° 4  |  N° 5  |  N° 6  |   N° 7  |  N° 8  |  N° 9  |  N° 10  |   N° 11